Diputados aprobó el proyecto del legislador Di Pollina que permite a menores desde los 13 años recibir asistencia médica y responder por sí mismos, sin la participación de padres o tutores.
La Cámara baja santafesina dio media sanción al proyecto de ley que deroga el artículo 7º de la Ley Nº 11.888, y la denomina Programa Provincial de Salud Sexual y Reproductiva.
Al respecto, el diputado socialista Eduardo Di Pollina –autor de esta iniciativa y también de la mencionada ley promulgada en 2001–, explicó que el objetivo es poner en sintonía dicho programa con el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación (Ley 26.994), el cual expresa en su artículo 26º que se presume que los adolescentes de entre 13 y 16 años tienen aptitud para decidir por sí respecto de tratamientos” no invasivos ni con riesgos de muerte; así como también establece que desde los dieciséis se les considera adultos para decisiones sobre el cuidado de su propio cuerpo.
De sancionarse esta modificación a la norma, ya no será necesario que el o la paciente en cuestión concurra a una consulta médica con el acompañamiento de sus padres, tutores o quien esté a cargo de sus cuidados, por considerarle persona autosuficiente para responder por sí misma. Se trata de una ampliación de derechos que apunta al acceso de adolescentes a los servicios públicos de asesoramiento y profilaxis.
Di Pollina señaló que “el Partido Socialista lucha históricamente por los derechos de autonomía de las personas y la libertad de decidir sobre uno mismo, en pos de una sociedad más justa e igualitaria. Y en este caso los destinatarios son adolescentes que hasta ahora no tenían el poder de decisión suficiente sobre su propia salud”.
El Programa de Salud Sexual y Reproductiva ya representa un gran avance en la materia, pero a partir de esta nueva modificación logrará brindarle más libertad a aquellos menores que concurren a una atención sanitaria sin la presencia de adultos, en claro respaldo de una cada vez mayor autonomía de las personas para decidir sobre sí mismas.